Nuevas pruebas refuerzan la importancia del debido proceso en el caso de Freddy Núñez Jorge
Según las evidencias incorporadas por el Instituto de Ciencias Forenses (INACIF), las firmas cuestionadas no corresponderían a Freddy Núñez Jorge, sino que habrían sido realizadas por Karen Ángeles Florián, exsecretaria administrativa de la Fedopem, y Yesica García Piña, su asistente.

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RESUMEN
POR EDWIN ENCARNACIÓN
SANTO DOMINGO RD,. El proceso judicial que involucra al presidente de la Federación Dominicana de Pentatlón Moderno (Fedopem), Freddy Núñez Jorge, ha ido tomando un nuevo rumbo con la incorporación de elementos probatorios que deberán ser evaluados por los tribunales en el marco del debido proceso. Más allá de las acusaciones iniciales y de la amplia cobertura que recibió el caso en algunos medios de comunicación, el expediente continúa fortaleciéndose con nuevas actuaciones procesales.
Entre las evidencias incorporadas figura un informe pericial del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF), relacionado con la autenticidad de varias firmas que forman parte del expediente. De acuerdo con ese informe, algunas de las firmas cuestionadas no corresponderían a Freddy Núñez Jorge, sino que habrían sido realizadas por Karen Ángeles Florián, exsecretaria administrativa de la Fedopem, y Yesica García Piña, quien se desempeñaba como asistente administrativa.
El expediente también establece que Kenny Núñez Veras fue citado para participar en el procedimiento de comparación grafológica. Sin embargo, según consta en los documentos judiciales, no acudió a la diligencia, por lo que esa verificación quedó pendiente. Será el tribunal el que determine el alcance jurídico de esa circunstancia durante el desarrollo del proceso.
Estos nuevos elementos pasan a formar parte de un caso que aún se encuentra bajo conocimiento de la jurisdicción competente y sobre el cual todavía no existe una decisión definitiva respecto al fondo.
El interés que ha despertado este proceso no se limita a las imputaciones formuladas inicialmente. También ha abierto el debate sobre el tratamiento mediático de las investigaciones penales y el impacto que estas pueden tener en la imagen pública de las personas involucradas antes de que exista una sentencia.
Diversos juristas han reiterado que la presunción de inocencia es uno de los principios fundamentales del Estado de derecho. En consecuencia, toda persona debe ser considerada inocente mientras un tribunal competente no dicte una sentencia firme que establezca lo contrario.
En este caso, la incorporación de informes periciales y de otras actuaciones procesales refuerza la importancia de que sea el tribunal, y no el debate mediático, quien determine el valor y el alcance de cada una de las pruebas.
El desenlace del proceso dependerá de la valoración integral de todas las evidencias, conforme a las reglas del debido proceso y a las garantías establecidas por la Constitución y las leyes de la República Dominicana.
Este caso vuelve a recordar un principio esencial de todo Estado democrático: investigar posibles hechos irregulares es una responsabilidad de las autoridades, pero determinar la existencia de responsabilidades penales corresponde únicamente a los tribunales de justicia, sobre la base de pruebas obtenidas legalmente, examinadas con objetividad y valoradas conforme al derecho.






