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Brasil levanta restricciones a la entrada de extranjeros por vía aérea

Sao Paulo, BRASIL, (EFE).- El Gobierno de Brasil levantó las restricciones para la entrada de extranjeros en el país por vía aérea, aunque mantuvo la prohibición para los ingresos a través de vías terrestres y acuáticas.

La decisión, publicada la noche del jueves en el Diario Oficial, permite la entrada de extranjeros por todos los aeropuertos brasileños, que seguía prohibida hasta este viernes en seis estados de los 27 que conforman el país.

En el edicto, firmado por el ministro de Salud, Eduardo Pazuello, y el de Justicia, André Mendonça, entre otras autoridades, queda establecido que los extranjeros podrán ingresar a Brasil siempre y cuando obedezcan “los requisitos migratorios adecuados”.

Asimismo, turistas procedentes de otros países con estancias de corta duración, de hasta 90 días, deberán presentar a la empresa transportadora la comprobación de que poseen un seguro de salud válido en Brasil antes del embarque.

Las restricciones estaban vigentes en el país sudamericano desde el pasado marzo, cuando los accesos para extranjeros fueron temporalmente interrumpidos en un intento de las autoridades por controlar la propagación del coronavirus, que ya deja casi 140.000 muertos y 4,6 millones de infectados en todo Brasil.

El transporte de cargas, ya sea por tierra o agua, también pasa a estar permitido a partir de este viernes.

Por otro lado, el edicto prorrogó por 30 días más el veto a la entrada de extranjeros de cualquier nacionalidad por vía terrestre o acuática, con excepción de venezolanos.

Las medidas restrictivas no se aplican a brasileños, inmigrantes con residencia definitiva en el territorio brasileño, profesionales en misión a servicio de organismos internacionales y funcionarios extranjeros acreditados ante el Ejecutivo.

Asimismo, quedan exentos los extranjeros que sean cónyuges, hijos, padres o compañeros de ciudadanos brasileños o que hayan recibido un permiso de entrada excepcional otorgado por el Gobierno.

Cualquier individuo que no obedezca las condiciones establecidas será responsabilizado en las esferas “civil, administrativa y penal” y estará sujeto a la “repatriación o deportación inmediata”, además de la “inhabilitación de pedidos de refugio”.

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