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Creen prudente industria y Comercio congele hasta enero, precios de combustibles y revise formula


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SANTO DOMINGO, RD.- El vocero de la Confederacion Nacional de Organizaciones del Transporte (CONATRA), consideró hoy prudente que a partir del próximo viernes 25 de diciembre y hasta el dia 08 de enero próximo, los precios de todos los combustibles sean congelados en su monto actual
Además, que durante ese periodo de tiempo, una comisión mixta, integrada por tecnicos del Ministerio de Industria y Comercio y técnicos de las principales centrales de transporte del pais, establezcan una fórmula de variación de los precios de los combustibles, para que la misma sea sometida a la consideración del Presidente de la República Luis Abinader, en la primera semana del año 2021.
Mario Díaz destacó, que ni el gobierno ni los transportistas hemos dado pie con bola con relación al problema que representan los aumentos consecutivos en los precios de los combustibles, ni con los reajustes que son requeridos en los precios de los pasajes, pero entendemos que no podemos cargar a la ciudadanía en costos de transporte esos aumentos, por lo que las circunstancias requieren establecer una fórmula justa y consensuada para sincerizar las variaciones de los mismos.
«Estamos haciendo una propuesta de solución a este problema de los aumentos de los precios del Gasoil, de las Gasolinas y del GLP, principalmente, para contribuir con el gobierno del Presidente Luis Abinader y con la poblacion Dominicana, pero es el Ministerio de Industria y Comercio, la institucion llamada a dar el primer paso en ese sentido, congelando los precios de los combustibles hasta el próximo mes de enero y conformando una comisión, compuesta por tecnicos de Industria Comercio y por tecnicos del sector transporte», para modificar la fórmula de cálculo utilizada en las variaciones semanales de los precios de todos los derivados del petroleo, en nuestro país», señaló Diaz.
Agregó que dentro de la propuesta que se presente al Presidente de la Republica, podría establecerse un mecanismo de compensación a los aumentos de los combustibles, utilizando las herramientas establecidas a ese efecto, en el artículo 126 de la ley 63-17, sobre tránsito y así evitar, que si los combustibles siguen aumentando en este mes de diciembre, en enero se produzcan alzas unilaterales en los fletes de cargas y los pasajes.

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