Gobierno modifica vigencia de licencias de conducir en República Dominicana

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RESUMEN
SANTO DOMINGO, RD.- El presidente Luis Abinader emitió el decreto 330-26, que modifica el artículo 21 del Reglamento de Licencias de Conducir para actualizar los períodos de vigencia y fortalecer la seguridad vial en el país. La medida permitirá que las personas mayores de 65 años puedan renovar sus licencias por un tiempo mayor a los dos años establecidos anteriormente.
La disposición se basa en la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, normativa que regula el sistema de circulación vehicular y busca garantizar un tránsito más seguro para todos los usuarios de las vías públicas.
El decreto establece que las licencias de las categorías 01, 02 y 05 tendrán una vigencia de cuatro años hasta que el conductor cumpla 75 años. Después de esa edad, la renovación deberá realizarse cada dos años.
En el caso de las categorías 03 y 04, la vigencia será de tres años hasta los 75 años, y posteriormente la renovación será anual. Además, el tiempo de vigencia podrá reducirse si el conductor presenta alguna condición de salud que afecte la conducción segura.
La normativa mantiene las evaluaciones periódicas contempladas en el Reglamento de Licencias de Conducir, con el objetivo de verificar que los conductores conserven las condiciones físicas y mentales necesarias para manejar vehículos de motor.
Asimismo, se establece que ningún conductor podrá circular con una licencia vencida. En caso de incumplimiento, las autoridades remitirán el caso al Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT), entidad encargada de implementar las medidas administrativas correspondientes.






