Golpe definitivo al Comité Olímpico Dominicano: Suprema Corte rechaza su último recurso y pone fin a más de tres años de conflicto
Analizando noticia con IA…espere un momento.
RESUMEN
La Suprema Corte de Justicia (SCJ) de República Dominicana ha dictado una sentencia definitiva que resuelve el conflicto entre el Comité Olímpico Dominicano (COD) y las federaciones de Bádminton, Esgrima, Pentatlón Moderno, Surfing y Tiro. Al rechazar el recurso de casación del COD, la corte ha dejado firme las decisiones que restablecen los derechos de estas entidades, las cuales habían sido vulneradas por suspensiones consideradas ilegales. La sentencia también reafirma la legitimidad del doctor Ronald Santana como representante legal de las federaciones, rechazando intentos del COD de inhabilitarlo. Con esta resolución, se espera que el COD acate el fallo y se cierre un capítulo de tensiones que ha afectado el deporte federado en el país, estableciendo un precedente sobre la importancia del debido proceso y las garantías constitucionales en la gobernanza deportiva.
- La Suprema Corte de Justicia rechazó el recurso de casación del Comité Olímpico Dominicano.
- Se restablecen los derechos de las federaciones de Bádminton, Esgrima, Pentatlón Moderno, Surfing y Tiro.
- La decisión reafirma la legitimidad del doctor Ronald Santana como representante legal de las federaciones.
- Se pone fin a un conflicto judicial que duró casi tres años.
- La sentencia sienta un precedente sobre el respeto al debido proceso en el deporte federado.
La Suprema Corte de Justicia de República Dominicana ha cerrado el conflicto judicial entre el Comité Olímpico Dominicano y varias federaciones deportivas al rechazar el recurso de casación del COD. Esta decisión reafirma los derechos de las federaciones y pone fin a un proceso que duró casi tres años.
SANTO DOIMINGO, RD.- República Dominicana.– La Suprema Corte de Justicia (SCJ) puso fin de manera definitiva al conflicto judicial entre el Comité Olímpico Dominicano (COD) y las federaciones nacionales de Bádminton, Esgrima, Pentatlón Moderno, Surfing y Tiro, al rechazar el recurso de casación interpuesto por el COD y dejar firme las decisiones que restablecen los derechos constitucionales y legales de esas entidades deportivas, culminando así un proceso judicial que se extendió por casi tres años.
La decisión de la alta corte rechaza el recurso de casación interpuesto por el Comité Olímpico Dominicano contra la Sentencia núm. 026-02-2026-SCIV-00043, dictada por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, la cual había confirmado la Sentencia Civil núm. 037-2025-SSEN-00405, emitida por la Cuarta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.
Asimismo, la Suprema Corte de Justicia rechazó las instancias incidentales promovidas por el Comité Olímpico Dominicano que procuraban inhabilitar al doctor Ronald Santana como representante legal de las federaciones deportivas nacionales de Bádminton, Esgrima, Pentatlón Moderno, Surfing y Tiro, reafirmando su legitimidad para actuar en defensa de sus derechos.
La sentencia pone fin al proceso de casación y consolida las decisiones judiciales que declararon ilegales las suspensiones impuestas a las federaciones, al determinar que fueron vulnerados sus derechos constitucionales y legales. Con ello, se espera que el Comité Olímpico Dominicano acate el fallo y concluya un conflicto que durante casi tres años enfrentó a las partes por el respeto al debido proceso y al derecho de defensa.
Cabe recordar que el presidente de la Sala Civil de la Suprema Corte de Justicia había emitido previamente la Resolución núm. 0242/2026, de fecha 31 de marzo de 2026, mediante la cual ordenó la ejecución de la sentencia que anuló las suspensiones y restableció los derechos de las federaciones nacionales de Esgrima, Pentatlón Moderno, Surfing y Tiro. En cumplimiento de esa decisión judicial, las federaciones procedieron a inmovilizar las cuentas del Comité Olímpico Dominicano (COD), así como las de las federaciones cuyos presidentes integran su Comité Ejecutivo.
Con esta sentencia definitiva se abre un nuevo capítulo para el Movimiento Olímpico Dominicano. La decisión sienta un importante precedente para la institucionalidad del deporte federado, al reafirmar que toda actuación disciplinaria debe respetar el debido proceso, el derecho de defensa y las garantías constitucionales, fortaleciendo así la seguridad jurídica y la gobernanza del deporte nacional.






