Conocerán demanda contra ministro Deportes Kelvin Cruz
La parte demandante, el Consorcio Jantesa Calsalca Disconsa, pide a la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, condenar a Kelvin Cruz al pago de 30 millones de pesos como justa reparación de los daños y perjuicios ocasionados

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RESUMEN
POR FÉLIX MELO
SANTO DOMINGO.-La Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, conocerá el 9 de este mes la demanda por desacato contra el ministro de Deportes, Kelvin Cruz.
La audiencia, fíjada para las 9:00 de la mañana, es en reparación de daños y perjuicios, incoada por el Consorcio Jantesa Casalca Disconsa.
La demanda se produce debido al desacato de la sentencia firme de la Quinta Sala del Tribunal Superior Administrativo.
Dicha sentencia, con el número 0030-1643-2023, fue emitida el 31 de octubre de 2023 por obras ejecutadas y no pagadas de los XIV Juegos Panamericanos Santo Domingo 2003.
Dicha decisión condenó al ministro de Deportes a pagar a favor de los demandantes, la suma de un millón trescientos sesenta y siete mil quinientos quince dólares con 38/100 (US$1,367,515.38), más el uno punto cinco por ciento (1.5%) de interés mensual compensatorio.
Esto abarca desde junio del 2023 hasta el saldo total, lo que asciende al mes de abril del 2026 a dos millones sesenta y cuatro mil novecientos veinticinco dólares con 74/100 (US$2,064,925.74).
El ministro Kelvin Cruz no optemperó a pagar, no obstante ser intimado varias veces, por lo en virtud del artículo 3 de la ley 86-11, procedió a demandarlo por desacato.
Sostuvo, la parte demandante, que el ingeniero Kelvin Cruz, hizo caso omiso, contradiciendo lo que proclama a voces el jefe de Estado, de cumplimiento a las leyes del pais, por lo que ha comprometido su responsabilidad civil, de conformidad con el artículo 148 de la Constitución de la República.
En tal sentido, el Consorcio Jantesa Casalca Disconsa, pide a la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, que condene al ingeniero Kelvin Cruz, al pago de treinta millones de pesos (RD$30,000,000.00), como justa reparación de los daños y perjuicios ocasionados.
Esto acorde con los artículos 1382 y 1383 del Código Civil que establecen, «que todo aquel que le causa un daño a otro está en la obligación de repararlo». «Cada cuál es responsable del perjuicio que ha causado, no solamente por un hecho suyo, sino también por su negligencia o su imprudencia».






